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 Normativa >> Reglamento 0 - 1 >> Fecha 14/07/2021 >> Articulo 19
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Normativa - Reglamento 0 - 1 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.-Informe de cierre. El enlace técnico, deberán rendir un informe técnico respecto a la ejecución del objeto convenido en donación, emitiendo la debida recomendación no vinculante para que así el/la Jerarca emita el acto de cierre.

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