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 Normativa >> Ley 9997 >> Fecha 13/07/2021 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9997 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 9997

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 256 DE LA LEY 5395,

LEY GENERAL DE SALUD, DE 30 DE OCTUBRE DE 1973

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 256 de la Ley 5395, Ley General de Salud, de 30 de octubre de 1973. El texto es el siguiente:

Artículo 256- El personal de los establecimientos a que se refiere esta sección deberá disponer de las medidas de protección personal durante su trabajo.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de julio del año dos mil veintiuno.

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