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ARTÍCULO 2°.- Adición del
transitorio XI al Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de
2020.
Adiciónese el transitorio
XI al Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, a efectos
de que en adelante se consigne lo siguiente:
"Transitorio XI.- Durante los días sábado 17
de julio, domingo 18 de julio, sábado 24 de julio y domingo 25 de julio de
2021, inclusive, en el período comprendido entre las 05:00 horas y las 20:59
horas, no se permitirá el tránsito vehicular en todo el territorio nacional según
el número final (último dígito) de la placa de circulación vehicular o del
permiso especial de circulación AGV, conforme se detalla a continuación:

Salvo las excepciones
contempladas en el artículo 5° del presente Decreto Ejecutivo.
Para los efectos
correspondientes y durante el período de aplicación de esta disposición, los
demás artículos del presente Decreto Ejecutivo deberán aplicarse e
interpretarse en concordancia con la medida establecida en el presente
transitorio."
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