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ARTÍCULO 11°.- Suspensión
temporal.
Durante el período
comprendido de las 05:00 horas del día 28 de junio y hasta las 20:59 horas del
11 de julio de 2020, se suspende la aplicación del Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S
del 11 de abril de 2020, salvo lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de dicha norma,
respecto de las medidas del transporte público remunerado de personas, el transporte
especial y el transporte terrestre internacional así como de la demostración para
la aplicación de la excepción a la restricción vehicular.
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