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Artículo 4º-Modifíquese
el párrafo cuarto del apartado IV del artículo 131 del Reglamento a la Ley de
Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto
de 2008, publicado en el Alcance N° 35 al Diario Oficial La Gaceta N°
181 del 19 de setiembre de 2008, para que su texto indique lo siguiente:
"IV. Exento, total o
parcialmente, o no sujeto al impuesto sobre la renta en Costa Rica. Las
empresas que deseen ingresar al Régimen bajo esta categoría deberán estar
exentas total o parcialmente o no sujetas al impuesto sobre la renta.
(.)
La empresa deberá
acreditar el cumplimiento de este requisito mediante declaración jurada rendida
con la solicitud de ingreso al Régimen".
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