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 Normativa >> Resolución 020 >> Fecha 10/06/2021 >> Articulo 2
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Normativa - Resolución 020 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2- Modifíquese el transitorio quinto de la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-06-2020 de fecha 26 de marzo del 2020, para que se lea de la siguiente manera:

"Transitorio quinto. - En el caso de los fideicomisos, los cuales están obligados a presentar la declaración para el período 2021, deberán realizar su primera declaración ordinaria, por esta única vez, en el período comprendido entre el 01 de junio de 2021 y hasta al 31 de octubre del 2021, ambos días inclusive, en los años subsiguientes les corresponderá realizarla en la misma fecha de los otros sujetos obligados, es decir, en el mes de abril de cada año."

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