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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43003 >> Fecha 18/05/2021 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43003 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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ARTÍCULO 2°.- Obligatoriedad. El presente Decreto Ejecutivo es de aplicación obligatoria para todas las personas físicas o jurídicas propietarias de vehículos automotores y para las personas conductoras de los mismos, en cuanto a su uso y circulación en los términos establecidos en el artículo 3° de este Decreto Ejecutivo.

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