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 Normativa >> Ley 3503 >> Fecha 10/05/1965 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 3503 - Articulo 6
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Artículo 6    Tipo: Transitorio
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Transitorio VI.- Mientras no estén funcionando las estaciones terminales de propiedad municipal o estatal, los concesionarios estarán obligados a usar las que la Inspección del Tránsito indique.

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