Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42986 >> Fecha 26/04/2021 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 42986 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 3°.- Reforma al transitorio VII del Decreto Ejecutivo número 42295-MOPTS del 11 de abril de 2020.

Refórmese el primer párrafo del Transitorio VII al Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020, a efectos de que en adelante se consigne lo siguiente:

"TRANSITORIO VII.- Durante los días sábado y domingo en el período comprendido entre las 05:00 horas y las 20:59 horas, no se permitirá el tránsito vehicular en todo el territorio nacional según el número final (último dígito) de la placa de circulación vehicular o del permiso especial de circulación AGV, conforme se detalla a continuación (.)"

 

Ir al inicio de los resultados