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 Normativa >> Ley 7089 >> Fecha 18/12/1987 >> Articulo 36
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Normativa - Ley 7089 - Articulo 36
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Artículo 36
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36

ARTICULO 36.-Se aprueban las siguientes autorizaciones a las

asociaciones de desarrollo comunal que se detallan:

1º.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integra de Barrio la

Trinidad de Brasil de Mora, para que done al Comité Imagen Santísima

Trinidad de Ciudad Colón, un terreno que esté dentro de su jurisdicción,

para la construcción de una ermita.

2º.-Se autoriza a la Asociación Acción Cantonal de Goicoechea para que

varíe el destino de la partida específica presupuestaria en la ley No.

7018 del 20 de diciembre de 1985, giro número 860457217, por ¢

100.000,00, para que sea usada en el programa de vivienda Santa Fe de

Calle Blancos.

3º.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de Toro Amarillo,

Valverde Vega, para que deposite en su cuenta corriente el giro No.

862196378, por ¢ 500.000 y utilice sus fondos en la ampliación y mejoras de

la vía Toro Amarillo- Los Angeles.

4º.-Se varía el destino de la siguiente partida, a fin de que donde dice:

"Programa 906, cantón de Alajuela, Asociación Integras de Desarrollo de la

Comunidad de Canoas, código 702-211-1-241-30, para plaza de deportes de

Guadalupe, ¢ 300.000", diga: "Comité Cantonal de Deportes de Alajuela,

girar al Subcomité de Deportes de Canoas, para iluminación del campo

deportivo, ¢ 150.000; para construcción de la cancha de baloncesto, ¢

50.000; Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de Canoas,

mejoras en calle de la urbanización Guadalupe, ¢ 100.000."

5º.-Se autoriza a la Junta de Educación de Lagunillas de Acosta para

que deposite en su cuenta corriente el giro No. 860457585, del 29 de

marzo de 1986, expedido a nombre de la Asociación de Desarrollo Integral

de Lagunillas, por ¢ 100.000, para gastos varios.

6º.-Se modifica la ley No. 7055 del 18 de diciembre de 1986 (Presupuesto

Ordinario y Extraordinario para 1987) y sus reformas, de la siguiente

manera: Donde dice: "906, antón de Alajuela, Asociación de Desarrollo

Integral de la Comunidad de Don Bosco, código 702-220-01 241-30, mejoras

de parque Barrio Don Bosco, ¢ 100.000", de be decir: "Asociación de

Desarrollo Específico pro construcción del parque infantil de la

urbanización Don Bosco de Alajuela, para mejoras del parque de Barrio Don

Bosco. ¢ 100.000." Donde dice: "Asociación de Desarrollo Integral de la

Comunidad de La Trinidad, código 702-228-1-241-31, obras varias, 100.000;

código 637-229-1-131-30, mejoras en el parque, ¢ 50.000.", debe decir:

"Asociación de Desarrollo Específico pro mejoras en la urbanización La

Trinidad de Alajuela, obras varias, ¢ 100.000; mejoras en el parque, ¢

50.000." Cantón de Atenas, programa 906, donde dice: "Asociación de

Desarrollo Integral de la Comunidad de Río Grande, Sector Este, código

637-618-1-131-31, compra de materiales para el salón comunal y otros

gastos varios, ¢ 75.000.", debe decir: "Asociación de Desarrollo Integral

del Sector Este, Concepción de Atenas, compra de materiales para el salón

comunal y otros gastos varios, ¢ 75.000." Donde dice: "Asociación de

Desarrollo Integral de la Comunidad de San Isidro de Atenas, código

637-255-1-131-14, mejoras en el edificio de la Guardia de Asistencia Rural,

¢ 50.000." debe decir: "Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad

de San Isidro de Atenas, mejoras y construcción del parque, ¢50.000."

7º.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad

de San Isidro de Alajuela para que, con los recursos provenientes de la

partida código 702-256-1-241-25 (adquisición de terreno, proyecto de

vivienda, ¢ 400.000), adquiera los terrenos necesarios para la

instalación de las escuelas, y realice otras obras comunales.

8º.-Se autoriza a la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo

Integral del Cantón de Naranjo para que compre, libre de todo tipo de

impuestos, tasas y sobretasas, un vehículo de doble tracción modelo 1988,

con un máximo de 1500 cc. El vehículo se destinará para cubrir las

necesidades comunales de las asociaciones del cantón.

9º.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad

Casa de la Cultura, a fin de que utilice los fondos de la partida

702-1-241-31 (a favor del Comité de Desarrollo Comunal de la Esperanza,

para obras giro No. 8600458723, por ¢ 300.000,00), en la construcción de

la segunda planta del edificio de la Casa de la Cultura de Cartago.

10.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad

Bernardo Benavides para que utilice el remanente de ¢ 800.000, de la

partida específica incluida en el presupuesto ordinario para 1987,

destinada a la compra de terreno para vivienda, en infraestructura de

vivienda para la comunidad.

11.-Modifícase la ley No. 7018 del 20 de diciembre de 1985, de la

siguiente manera:

Autorízase a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de

Calas para que varíe el destino de la partida de ¢ 100.000, o del saldo que

hubiere, que se consigna a su favor en el código 712-462-1-241-20 del

programa 913, para construcción de la escuela de Sandillal, a fin de que

se invierta en la construcción de la escuela de Sandillal, en los terrenos

que le que le fueron donados a la Junta de Educación de la citada escuela.

12.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de Pueblo Nuevo

de Parrita para que utilice la partida específica de ¢ 500.000,

presupuestada en la lay No. 7055 del 18 de diciembre de 1986, código

918--731-534, de la siguiente manera: construcción de obras comunales en

el Barrio la Guaria, ¢ 400.000,00 apoyo a la Cruz Roja de Parrita, ¢

100.000,00.

13.-Se autoriza a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad

de Quepos para que varíe el destino de la partida de ¢ 40.000, o del

saldo que hubiere, presupuestada en la ley No. 7018 del 20 de diciembre

de 1985, giro No. 860459674, a fin de que sean utilizada en la compra de

materiales de construcción para la oficina de la Asociación.

14.-Se autoriza al Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad para

que transfiera, por partes iguales, a las federaciones nacionales de

desarrollo de la comunidad, debidamente constituidas y que estén a derecho

al mes de setiembre de 1987, los bonos deuda interna, segunda emisión, al

8% anual, a veinte años plazo, que en 1981 el Gobierno le giró a dicho

Consejo para distribuirlos entre las asociaciones de desarrollo comunal,

como parte del 1.25% del impuesto sobre la renta que les correspondía

durante el año 1981.

15.-Se varía el destino de la partida 332-1-242-30, o del saldo que

hubiere, asignada para la construcción del gimnasio del Liceo Nuevo de

Pavas, a fin de que sea utilizada en la reparación de la planta física del

mismo liceo.

16.-Se autoriza al Club Rotario de Alajuela para que utilice los

recursos indicados en el artículo 44 de la ley No. 7055 del 18 de diciembre

de 1986 (Presupuesto Ordinario para 1987), en el mejoramiento del parque

recreativo Laguna de Fraijanes.

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