Artículo 2º- Alcance. El presente reglamento se aplica a toda persona
física o jurídica, pública o privada, que produce, importa, distribuye,
comercializa o utiliza los bienes regulados en la Ley No. 9703 del 15 de julio
del 2019 “Adición del artículo 42 bis, de un Inciso d) al artículo 50 y de los
Transitorios XIII, XIV y XV a la Ley No. 8839, Ley para la Gestión Integral de
Residuos, de 24 de junio de 2010, Ley para la Prohibición del Poliestireno Expandido”.
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