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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42751 >> Fecha 04/12/2020 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42751 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15º-. Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. —San José, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil veinte.

 

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