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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42042 >> Fecha 08/10/2020 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42042 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18.—De la tarifa a reconocer por el pago del servicio de transporte: El pago del servicio de transporte se hará de acuerdo con la tarifa vigente autorizada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.


 

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