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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42585 >> Fecha 28/08/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42585 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3°.- Refórmese el artículo 2° del Decreto Ejecutivo número 42513-MGP-S del 31 de julio de 2020, para que se agregue un párrafo segundo y en adelante se consigne lo siguiente:

ARTÍCULO 2°.- (…)

Para el ingreso de los yates y veleros que transportan personas con ocasión de la presente medida, deberán ingresar y atracar en el territorio nacional a través de las marinas autorizadas para los efectos de la presente medida.


 

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