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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42513 >> Fecha 31/07/2020 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42513 - Articulo 6
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Artículo 6    (No vigente*)
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ARTÍCULO 6°.-Para el cumplimiento de las condiciones b) y d) del artículo 4 del presente Decreto Ejecutivo, el Ministerio de Salud coordinará las acciones pertinentes a efectos de generar y asegurar el acceso al formulario denominado Pase de Salud, con el objetivo de contar con el registro previo de la persona extranjera para su trazabilidad.

(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 42682 del 23 de octubre del 2020)

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