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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42508 >> Fecha 30/07/2020 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42508 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2.- El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil veinte.

 

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