ARTÍCULO 3°.- Adición de un inciso en el artículo 5°. Adiciónese el inciso
x) en el artículo 5° del Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de
abril de 2020, a efectos de que se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 5°.- Excepciones a la medida de
restricción vehicular diurna. Se exceptúa de la restricción vehicular
establecida en los artículos 3° y 4° de este Decreto Ejecutivo, a los
siguientes casos:
(…)
x) Los vehículos de las personas que deban trasladarse estrictamente
para asistir a la cita de Revisión Técnica Vehicular, debidamente acreditado con
el comprobante de la cita programada.“
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