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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42148 >> Fecha 05/12/2019 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42148 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.-Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los 5 días del mes de diciembre del 2019.

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