Artículo 18.-
Del programa de innovación y digitalización para el emprendimiento creativo y cultural. El Ministerio de Cultura
y Juventud, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, y el
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, desarrollarán el
Programa de Innovación y Digitalización para emprendimientos creativos y culturales,
que permita desarrollar capacidades que incorporen procesos de innovación y digitalización
en sus iniciativas mejorando el valor agregado de su oferta y la competitividad
de sus empresas en los mercados nacionales e internacionales.
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