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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42148 >> Fecha 05/12/2019 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42148 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.- Del programa de financiamiento para el Emprendimiento Creativo y Cultural. El Ministerio de Cultura y Juventud, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, y el Sistema de Banca para el Desarrollo, desarrollarán el Programa de Financiamiento para Emprendimientos Creativos y Culturales que reconozca los ciclos de capital de estas unidades productivas, definiendo planes e intermediarios que permitan participar con ellas de manera efectiva.


 

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