Artículo 15.-
De las Funciones de las Mesas Ejecutivas Sectoriales. Serán funciones de las Mesas Ejecutivas
Sectoriales:
a-. Conocer y
analizar el estado de situación de los sectores poblacionales correspondientes a
partir de los informes elaborados por la UCE.
b-. Definir los
Programas de acción que contribuyan en el impulso del desarrollo de emprendimientos
y empresas de los sectores respectivos.
c-. Elaborar un
Plan Bianual que integre las acciones que se estarán promoviendo para el impulso
del desarrollo de o los sectores de población. Los programas o proyectos que integran
el Plan deberá definir como mínimo: la población objetivo, la etapa de
evolución de los emprendimientos a apoyar, la identidad cultural, la escala
territorial, el mercado objetivo al que se orientarán los productos y/o
servicios de los emprendimientos a impulsar.
d-. Implementar y
articular con las instituciones del ecosistema, procesos de educación formal y
no formal para fortalecer las capacidades de los emprendedores (as) y de las industrias
culturales y creativas costarricenses.
e-. Estimular la
creación de micro, pequeñas y medianas empresas culturales (MIPYMES culturales)
y el acompañamiento en el desarrollo de emprendimientos culturales (incubación,
formación y gestión).
f-. Promover la
capacitación y el fortalecimiento del sector en temas como asociatividad, trabajo
en redes, derechos de autor, internacionalización, formación de públicos.
g-. Fomentar la
circulación de bienes y servicios culturales costarricenses a nivel local, nacional
y regional.
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