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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42148 >> Fecha 05/12/2019 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42148 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.- De la Mesa Nacional de Coordinación y Seguimiento de la Estrategia.

Créase la Mesa Nacional de Coordinación y Seguimiento de la Estrategia "Costa Rica Creativa y Cultural", a quien le corresponderá dar seguimiento a la implementación de las acciones, programas, y las metas definidas en el marco de esta Estrategia, sirviendo como un espacio de articulación interinstitucional.

La Mesa Nacional de Coordinación y Seguimiento estará integrada por:

a-. El (La) Ministro (a) de Cultura y Juventud, quien la presidirá.

b-. El (La) Ministro (a) de Economía, Industria y Comercio o su representante

c-. El (La) Ministro (a) de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones o su representante.

d-. Los coordinadores de cada una de las Mesas Ejecutivas Sectoriales.

e-. El Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Aprendizaje o su representante.

f-. El Director Ejecutivo del Sistema de Banca para el Desarrollo o su representante.

El Ministro(a) de Cultura y Juventud podrá invitar como observador a cualquier otro representante institucional que considere conveniente, según las temáticas que sean conocidas y analizadas en dicha instancia.


 

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