Transitorio II. -
Se presentará a aprobación de la Contraloría General de la República, el
presupuesto de aquellos beneficios patrimoniales cuyo monto individual supere:
·
Para el ejercicio económico
2023, las 40.000 unidades de desarrollo.
·
Para el ejercicio económico
2024, las 25.000 unidades de desarrollo.
·
Para el ejercicio económico
2025, las 15.000 unidades de desarrollo.
·
Para el ejercicio económico
2026, las 10.000 unidades de desarrollo.
·
Para el ejercicio económico
2027, las 5.000 unidades de desarrollo.
Para el cálculo
correspondiente se utilizará el valor de la unidad de desarrollo del primer día
hábil del mes de agosto del año previo a la vigencia del presupuesto del
beneficio patrimonial.
A partir del
ejercicio económico 2028, se presentarán a aprobación de la Contraloría General
todos los presupuestos de beneficios patrimoniales, independientemente de su
monto.
(Así reformado por el
artículo 1° de la resolución N° R-DC-00111-2023
del 16 de noviembre del 2023)
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