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 Normativa >> Resolución 00122 >> Fecha 02/12/2019 >> Articulo 2
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Normativa - Resolución 00122 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio
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Transitorio II. - Se presentará a aprobación de la Contraloría General de la República, el presupuesto de aquellos beneficios patrimoniales cuyo monto individual supere:

·       Para el ejercicio económico 2023, las 40.000 unidades de desarrollo.

·       Para el ejercicio económico 2024, las 25.000 unidades de desarrollo.

·       Para el ejercicio económico 2025, las 15.000 unidades de desarrollo.

·       Para el ejercicio económico 2026, las 10.000 unidades de desarrollo.

·       Para el ejercicio económico 2027, las 5.000 unidades de desarrollo.

Para el cálculo correspondiente se utilizará el valor de la unidad de desarrollo del primer día hábil del mes de agosto del año previo a la vigencia del presupuesto del beneficio patrimonial.

A partir del ejercicio económico 2028, se presentarán a aprobación de la Contraloría General todos los presupuestos de beneficios patrimoniales, independientemente de su monto.

(Así reformado por el artículo 1° de la resolución N° R-DC-00111-2023 del 16 de noviembre del 2023)

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