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 Normativa >> Resolución 060 >> Fecha 17/10/2019 >> Articulo 5
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Normativa - Resolución 060 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°—Advertencia al arrendante: Al emitirse la factura electrónica debe:

a) Indicar en la factura el número de autorización de exención para poder aplicar la exención.

b) Facturar a nombre del beneficiario que se indica en la nota de autorización de exención para lo cual el beneficiario le proporcionará la impresión de la nota de exención.

c) Aplicar la exención únicamente sobre el arrendamiento que no supere el uno coma cinco (1,5) del salario base.


 

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