Artículo 139.—Gestión
de las Relaciones Humanas y Sociales. Actividades Generales. Este proceso
en el desarrollo de sus cometidos debe procurar que las relaciones establecidas
entre la organización y sus funcionarios se perfilen en un sentido colectivo y
cohesionado, en este ámbito cumple actividades relativas al monitoreo del clima
organizativo, políticas y prácticas de comunicación ascendente y descendente,
mantenimiento y mejora de la percepción de la satisfacción global de los
colaboradores, gestión de las relaciones laborales (incluye la administración
del régimen disciplinario), condiciones de trabajo, relaciones entre la
organización y actores sociales (sindicatos, gremios, asociaciones), objetivos,
valores y aspiraciones de poder de todas las partes que participan de la
organización, transacción y administración del conflicto, gestión de políticas
sociales destacando entre ellas la salud laboral y en general que se procure
mejorar la calidad de vida laboral; adicionalmente podría implicar negociación
colectiva salarial. Asimismo debe incluir procesos relativos a la evaluación o
Auditoría de la
Gestión de Recursos Humanos, incorporando
una revisión sistemática y formalmente estructurada para medir sus costos,
beneficios del programa integral de Gestión de Recursos Humanos en el
Ministerio, Institución u Órgano Adscrito que permita la comprobación práctica
de su eficiencia, eficacia y calidad, en términos de su contribución con los
objetivos organizacionales.
(Así adicionado por
el artículo
1° del decreto ejecutivo N° 35865 del 2 de marzo de 2010)
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