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 Normativa >> Ley 9688 >> Fecha 02/07/2019 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 9688 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4- Prohibición de nombramiento

El nombramiento del personal administrativo o la contratación de servicios profesionales con cargo en los recursos del Fodeli no podrá recaer sobre los cónyuges o parientes en línea directa o colateral, hasta el tercer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, de los miembros de la Junta Directiva del Fodeli o de su personal administrativo.


 

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