ARTÍCULO 4-
Prohibición de nombramiento
El nombramiento
del personal administrativo o la contratación de servicios profesionales con
cargo en los recursos del Fodeli no podrá recaer sobre los cónyuges o parientes
en línea directa o colateral, hasta el tercer grado de parentesco por
consanguinidad o afinidad, de los miembros de la Junta Directiva del Fodeli o
de su personal administrativo.
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