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 Normativa >> Ley 9688 >> Fecha 02/07/2019 >> Articulo 9
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Normativa - Ley 9688 - Articulo 9
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Artículo 9
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ARTÍCULO 9- Cese del beneficio económico

Serán causales del cese del beneficio económico las siguientes:

a) Cuando el beneficiario destine los fondos a otros fines para los cuales le fueron otorgados.

b) Si se llegara a comprobar, una vez otorgado el beneficio, que la persona beneficiada faltó a la verdad y no cuenta con los requisitos estipulados en esta ley.

c) Incumplimiento de una de las obligaciones de los beneficiarios establecida en esta ley y su reglamento.

d) Las demás que se estimen en el reglamento de esta ley.

En caso de que se compruebe el cese del beneficio económico, la persona deberá reembolsar el monto que le fue otorgado.


 

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