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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41770 >> Fecha 07/06/2019 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41770 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4.- Rige. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República a los siete días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

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