N° 41652 -H
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren los artículos 140
incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1),
27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la
Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley
de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18
de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N°
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N° 7664, Ley de
Protección Fitosanitaria de 8 de abril de 1997 y sus reformas; el Decreto
Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; el Decreto
Ejecutivo N° 40981-H de 14 de marzo de 2018 y su reforma; y la Directriz N°
98-H, de 11 de enero de 2018 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que mediante
la Ley N° 7664, publicada en La Gaceta N° 83 de 2 de mayo de 1997 y sus
reformas, se creó el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), para velar por la
protección sanitaria de los vegetales; asesorar en materia de protección
fitosanitaria y recomendar la
emisión de las normas jurídicas necesarias en este campo; erradicar, controlar
o retardar la propagación de plagas ya introducidas; formular, ejecutar y
supervisar los programas de reconocimiento y detección de plagas, así como los
planes de emergencia; estudiar y diagnosticar el estado
fitosanitario del país.
2º—Que mediante el oficio DSFE.123.2019 del 15 de
febrero de 2019 el Director
Ejecutivo del SFE solicitó incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha
institución para el 2019, por un monto total ¢1.066.327.100,00 (mil sesenta y
seis millones trescientos veintisiete mil cien colones exactos), con el
objetivo de incorporar ingresos de superávit libre para la adquisición de bienes
(equipo de laboratorio, escaneo y de transporte) asociados a la actividad
sustantiva del SFE. Dicha solicitud fue avalada por el señor
Ministro de Agricultura y Ganadería, mediante el oficio DMMAG-119-2019 de 18 de febrero de 2019.
3º—Que el monto
solicitado de ¢1.066.327.100,00 (mil sesenta y seis millones trescientos
veintisiete mil cien colones exactos), corresponde ser ampliado en su totalidad
por la vía de Decreto Ejecutivo y será financiado con recursos
provenientes del superávit
libre, para adquirir tres equipos de Rayos X para la inspección no intrusiva de
equipajes; 2 equipos de laboratorio para la determinación de residuos de
plaguicidas en productos vegetales frescos, agua y suelo; así como para la
compra 17 vehículos nuevos.
4º—Que en cuanto
a la compra de vehículos, por tratarse de unidades para la atención de las
labores sustantivas de la institución y por sustituir vehículos de más de 10
años de antigüedad, la institución no contraviene lo establecido en el artículo
11 de la Directriz N° 98-H, publicada en el Alcance N° 17 a La Gaceta N° 15 de
26 de enero de 2018 y sus reformas, que establece que no podrán comprarse
vehículos ni sustituir aquellos que tengan menos de cinco años de haber salido
al mercado. Sin embargo, al realizar los requerimientos de compra y hacer
efectiva la misma, el SFE deberá velar porque esta sea racional y austera,
atendiendo con ello el interés y preocupación de la presente Administración,
por lograr hacer el mejor uso y distribución de los fondos públicos.
5º—Que mediante
el Decreto Ejecutivo N° 40981-H, publicado en La Gaceta N° 55 de 23 de
marzo de 2018, se emitieron las Directrices Generales de Política
Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades
Públicas, Ministerios y Órganos Desconcentrados, según corresponda, cubiertos
por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2019; estableciéndose
en el artículo 10 que el gasto presupuestario máximo de las entidades públicas
y órganos desconcentrados, para el año 2019, se establecerá con base en la
proyección de ingresos totales 2019 (corrientes, capital y
financiamiento), definida por las
entidades públicas y órganos desconcentrados en coordinación con la Secretaría
Técnica de la Autoridad Presupuestaria. Para el cálculo de los ingresos se
utilizará como insumo la serie histórica del periodo 2014-2017, así como la
estimación de ingresos para los años 2018 y 2019.
6º—Que conforme a
lo dispuesto en el artículo 10 al que se hizo referencia en el considerando que
antecede, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2019 resultante
para el SFE, fue establecido en la suma de ¢13.934.730.000,00 (trece mil
novecientos treinta y cuatro millones setecientos treinta mil colones exactos),
el cual fue comunicado en el oficio STAP-0542-2018 del 30 de abril de 2018, cifra que no contempla el gasto
indicado previamente en este decreto.
7º—Que mediante
el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de
julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del
artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector
Público denominada Financiamiento”.
8º—Que el
artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior,
dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores-superávit libre- son
parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en
períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran
a la actividad ordinaria de
éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad,
el servicio público y los fines institucionales, siempre que no tengan el carácter permanente o
generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como
la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la
misma naturaleza.
9º—Que por lo
anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo
fijado al SFE para el año 2019, incrementándolo
en la suma de ¢1.066.327.100,00 (mil sesenta y seis millones trescientos
veintisiete mil cien colones exactos).
Por tanto,
Decretan:
AMPLIACIÓN
DEL GASTO PRESUPUESTARIO MÁXIMO
PARA EL AÑO
2019 AL SERVICIO FITOSANITARIO
DEL ESTADO
(SFE)
Artículo
1°—Amplíese para el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), el gasto
presupuestario máximo para el año 2019, establecido de conformidad con el
Decreto Ejecutivo N° 40981-H publicado en La Gaceta N° 55 de 23 de marzo
de 2018, en la suma de ¢1.066.327.100,00 (mil sesenta y seis millones
trescientos veintisiete mil cien colones exactos) para ese período.