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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41641 >> Fecha 09/04/2019 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41641 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º-Aplicación individualizada de la regla fiscal. La aplicación de la regla es individualizada al gasto corriente o total, incorporado en los presupuestos de cada uno de los entes que conforman el SPNF.

Para el caso del Presupuesto Nacional de la República, este se considera de manera agregada e incluye lo correspondiente a las transferencias que se efectúen a las entidades y órganos que conforman el Sector Público No Financiero, las cuales no serán computadas dentro del límite de crecimiento de la entidad perceptora de éstas.

 (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45001 del 28 de abril de 2025)

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