TRANSITORIO II-
Transitorio al inciso b) del artículo 17 de la Ley N.º 7558, Ley Orgánica del
Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995
El ministro de
Hacienda mantendrá su derecho a voto y contará para efectos de cuórum hasta que
se ratifique el nombramiento del sexto miembro adicional dispuesto en el
transitorio III y el inciso c) del artículo 17 de esta ley.
|