Buscar:
 Normativa >> Ley 9618 >> Fecha 02/10/2018 >> Articulo 8
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 8     >>
Normativa - Ley 9618 - Articulo 8
Ir al final de los resultados
Artículo 8
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 8- Se adiciona el artículo 23 bis de la Ley N.º 6041, Ley de Creación de la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (Conape), de 18 de enero de 1977. El texto es el siguiente:

Artículo 23 bis- En caso de que el estudiante tenga ingreso salarial propio y este sea suficiente para garantizar el préstamo, no será necesario el aporte de otras garantías. En caso contrario, si no posee ingresos económicos y estos no son suficientes y no puede aportar otra garantía podrá solicitar total o complementariamente el aval del Fondo, según corresponda. Además, el estudiante podrá amortizar a la deuda durante el período de estudios.


 

Ir al inicio de los resultados