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 Normativa >> Reglamento 75 >> Fecha 06/12/2018 >> Articulo 11
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Normativa - Reglamento 75 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11. Queda prohibido lo siguiente:

i. El envío por medio de cuentas institucionales, de regalos, invitaciones a juegos, aplicaciones, causas sociales o de otra índole y cadenas masivas que sean ajenas a los intereses institucionales.

ii. La aceptación de publicaciones externas en el muro de las cuentas institucionales con información diferente a los intereses institucionales con el fin de proteger la imagen del Conavi.

iii. La eliminación de comentarios de los seguidores o usuarios ya que podría generar malestar masivo, interpretaciones erróneas y ofensas. Se exceptúa los comentarios que trasgredan las normas básicas de comportamiento.

iv. El uso de nombres falsos y comentarios anónimos en las publicaciones. No se deberá mentir a los usuarios cuando tengan sugerencias o reclamos, no publicar información falsa sobre productos o servicios de la organización y no generar falsas expectativas en la audiencia.


 

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