TITULO
VI. USO DE REDES SOCIALES INSTITUCIONALES
Artículo
10. Son normas para el uso de redes sociales las siguientes:
i. Toda
cuenta institucional creada en redes sociales, deberá ser del tipo
“empresarial, organización o institución” nunca como un perfil personal.
ii. El
manejo de toda cuenta institucional estará a cargo de funcionarios autorizados
de la Unidad de Comunicación e Imagen y la Contraloría de Servicios del Conavi,
los cuales estarán previamente capacitados para administrar y publicar
contenido en las redes sociales de la institución. Las publicaciones y
comentarios realizados son responsabilidad de sus autores y se asemejan a
cualquier otro tipo de comentario hecho fuera de las redes sociales, con
responsabilidad, respeto y siguiendo la filosofía y los valores de la
organización
iii.
Para el uso de las cuentas institucionales en redes sociales como Twitter y
Facebook se deberá dar respuesta a las preguntas de sus seguidores en un plazo
máximo de un día hábil.
iv. Se
deberá compartir información relevante de la institución por estos medios
conforme a la planificación institucional
v. Deberá
evitar los mensajes muy extensos y con lenguaje excesivamente técnico que provocan
confusión en el mensaje trasmitido a los lectores y seguidores.
vi. Las
cuentas institucionales deben contar con un mantenimiento y administración permanente,
considerando los horarios hábiles de la institución.
vii.
Los perfiles institucionales en redes deberán mostrar la información de manera
pública tal y como lo hace el sitio web de la organización. Se deberá limitar
el rango y el alcance de las personas que pueden ver la información publicada
en las redes y medios sociales según la indicación del encargado de redes
sociales de la institución aplicando restricciones socio demográficas,
geográficas, entre otros
viii.
Cuando se haya publicado contenido impreciso o equivocado en las redes
sociales, deberá ser reconocido, generando las disculpas del caso y deberá ser
corregido rápidamente. Si se notifica que se ha publicado un contenido
ofensivo, protegido por derechos de autor o sin citar a su dueño, se deberá
atender el reclamo, solucionándolo o si es necesario retirando dicha
publicación inmediatamente para evitar problemas legales.
ix. Deberá
velar por la adecuada administración y gestión de las redes sociales sin descuidar
el cumplimiento de las tareas asignadas en el puesto de trabajo.