Artículo 10°. - Mecanismos de coordinación
intersectorial. La Secretaría Técnica de Salud Mental contará con:
a) Consejo Nacional de Salud Mental.
b) Comisión Nacional Interinstitucional e
Intersectorial de Salud Mental.
c) Órgano Técnico de Apoyo.
d) Comisiones Regionales de Salud Mental.
(Así reformado por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45225 del 28 de agosto de 2025)
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