Artículo 9°-Vigencia. El presente decreto rige para el período fiscal
2019, del 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019, ambas fechas
inclusive.
Dado en la Presidencia de
la República.- San José, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil
dieciocho. Publíquese.
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato la Actualización
de la lista de valores de los vehículos, aeronaves y embarcaciones, pueden ser
consultadas en los siguientes links:
Alcance N°
190 Gaceta N° 201 del 31 de octubre de 2018, de los tomos I al tomo VIII)
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