Artículo 3º—Modifíquese la
obligación establecida en el inciso o) del artículo 62 del Reglamento a la Ley
de Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de
agosto del 2008, a fin de que se lea de la siguiente forma:
“Artículo 62.—Obligaciones de los
beneficiarios del Régimen. Son obligaciones de los beneficiarios del Régimen
las siguientes:
o) Cumplir y mantenerse al
día con las obligaciones obrero patronales de la Caja Costarricense del Seguro
Social y las obligaciones tributarias de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 18 bis, 62, 64 y 99 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, Ley 4755 del 3 de mayo de 1971, y sus
reformas.
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