Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41295 >> Fecha 31/05/2018 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 41295 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 2º—Refórmese el inciso c) del artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 37358-MAG del 28 de agosto del 2012, para que en lo sucesivo se lea así:

Artículo 5º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por cualquier título, de unidades de producción pecuaria

(…)

c) Se prohíbe almacenar a cielo abierto los residuos de cosechas de cultivos, en caso de comprobarse la violación de esta disposición se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 80 de la Ley N° 8495 del Servicio Nacional de Salud Animal.

(…)”

Ir al inicio de los resultados