Artículo 2º— Modifícase los créditos fiscales
establecidos en el artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta número
7092 de fecha 21 de abril de 1988 y sus reformas, mediante un ajuste del dos
coma veinticuatro por ciento (2,24%), según se detalla a continuación:
a) En el inciso i) donde dice “mil quinientos colones (¢1.500,00)” debe
leerse: “mil
quinientos treinta colones (¢1.530,00)”.
b) En el inciso ii) donde dice “dos mil doscientos cuarenta colones
(¢2.240,00)” debe leerse: “dos mil doscientos noventa colones (¢2.290,00)”.
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