TRANSITORIO ÚNICO. A partir de la entrada en vigencia de la presente
reforma, el Ministerio de Hacienda deberá actualizar los procedimientos
aduaneros y el sistema informático a las disposiciones aquí reformadas, para lo
cual contará con un plazo máximo de un año.
Durante ese período, para garantizar la operatividad de las empresas,
éstas se regirán con fundamento en los procedimientos autorizados por la
Dirección y para las empresas que no tienen procedimiento deberán llevar los
controles de inventarios. En ambos casos, las empresas deben mantener dichos
controles a disposición de las autoridades aduaneras y tributarias, en el tanto
se actualicen los procedimientos aduaneros y el sistema informático.
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