N° 41235-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite
b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de
1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su
Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y
sus reformas; la Ley N° 5619, Crea Museo Histórico Cultural Juan Santamaría en
Alajuela de 4 de diciembre de 1974 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo N°
32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N°
40281-H de 13 de marzo de 2017 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley N° 5619, publicada en La Gaceta N° 239 de
14 de diciembre de 1974 y sus reformas, se creó el Museo Histórico Cultural
Juan Santamaría y se dispuso que la Junta Administrativa de dicho Museo tendrá
personería jurídica para atender todo lo relativo al cuidado de la institución
y al enriquecimiento de su patrimonio.
2º—Que con los oficios
DM-192-2018 y CAMHCJS-024-2018, la Ministra de Cultura y Juventud y la Directora General
del Museo Histórico Cultural Juan Santamaría, solicitaron ampliar el gasto
presupuestario máximo de esa institución para el año 2018, por un monto total
de ¢171.900.024,80 (ciento setenta y un millones novecientos mil veinticuatro
colones con ochenta céntimos); con el fin de
continuar con el proyecto de inversión que tiene registrado en el Banco de
Proyectos de MIDEPLAN, denominado
“Obras de Readecuación e Integración de los Edificios Sede del Museo
Histórico Cultural Juan Santamaría” y para atender el Proyecto de Restauración
eléctrica tramitado en el 2017, con el número de contratación
2017LA-000006-0014100001 y refrendado el 08 de enero del 2018. Esta solicitud
fue avalada por la Ministra de Cultura,
como Ministra Rectora, mediante el oficio DM-192-2018 de 13 de febrero
del 2018.
3º—Que de dicho monto, corresponde ampliar por la vía de Decreto
Ejecutivo la suma de ¢156.300.024,80 (ciento cincuenta y seis millones
trescientos mil veinticuatro colones con ochenta céntimos), misma que será
sufragada con recursos provenientes de superávit específico
y que tiene por objetivo atender los proyectos asociados al proyecto de
inversión denominado “Obras de Readecuación e Integración
de los Edificios Sede del Museo Histórico Cultural Juan Santamaría”,
registrado en el Banco de Proyectos de MIDEPLAN y también para atender el
Proyecto de Restauración eléctrica tramitado en el 2017 con el número de
contratación 2017LA-000006-0014100001 y refrendado el 08 de enero del 2018.
4º—Que no se autoriza la ampliación por un monto de ¢15.600.000,00
(quince millones seiscientos mil colones exactos) que se financian con superávit libre; dado que la
entidad no informó a la Tesorería Nacional, la sustitución de los recursos por
Transferencia de Gobierno.
5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 40281-H, publicado en el Alcance
N° 68 a La Gaceta N° 61 de 27 de marzo de 2017 y sus reformas, se
emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial,
Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades Públicas, Ministerios y
Órganos Desconcentrados, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la
Autoridad Presupuestaria, para el año 2018, estableciéndose en el artículo 12
que el gasto presupuestario máximo de las entidades públicas y órganos
desconcentrados, para el año 2018, se establecerá con base en la proyección de ingresos totales (corrientes, capital
y financiamiento) 2018, definida por las entidades públicas y órganos
desconcentrados en coordinación con la STAP.
6º—Que conforme a lo dispuesto en el artículo 12 al que se hizo
referencia en el considerando que antecede, el monto de gasto presupuestario
máximo para el año 2018 resultante para el Museo Histórico Cultural Juan
Santamaría, fue de ¢646.145.394,75 (seiscientos cuarenta y seis millones ciento
cuarenta y cinco mil trescientos noventa y cuatro colones con setenta y cinco
céntimos), comunicado en el oficio STAP-06
14-20 17 de 24 de abril del 2017, cifra que no contempla el gasto indicado
previamente en este decreto.
7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La
Gaceta N° 130 de 06 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el
“Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la
regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada
Financiamiento”.
8º—Que en relación con el
superávit específico, el numeral 9° del Decreto citado en el considerando
anterior, posibilita la utilización de
éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones
especiales o legales aplicables a tales recursos.
9º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Museo Histórico
Cultural Juan Santamaría para el año 2018, incrementándolo en la suma de
¢156.300.024,80 (ciento cincuenta y seis millones trescientos mil veinticuatro
colones con ochenta céntimos). Por tanto:
Decretan
AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO
MÁXIMO 2018 PARA EL MUSEO HISTÓRICO
CULTURAL JUAN SANTAMARÍA
Artículo 1º—Amplíese para el Museo Histórico Cultural Juan Santamaría,
el gasto presupuestario máximo para el año 2018, establecido de conformidad con
el Decreto Ejecutivo N° 40281-H, publicado en el Alcance N° 68 a La Gaceta N°
61 de 27 de marzo de 2017 y sus reformas, en la suma de ¢156.300.024,80 (ciento
cincuenta y seis millones trescientos mil veinticuatro colones con ochenta
céntimos), para ese período.