Artículo 2º.— La modificación indicada en el artículo anterior por un
monto de diez mil ciento veintiséis millones trescientos cinco mil seiscientos
cincuenta y un colones sin céntimos (¢10.126.305.651,00) y su desglose en los
niveles de programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará
disponible en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente
dirección: http://www.hacienda.go.cr/contenido/12485-modificaciones-presupuestarias,
y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de
Presupuesto Nacional.
Las rebajas en este Decreto se muestran como sigue:

Los aumentos en este Decreto se muestran como sigue:

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