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 Normativa >> Ley 9576 >> Fecha 22/06/2018 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 9576 - Articulo 12
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Artículo 12
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CAPITULO IV

REFORMAS DE OTRAS LEYES

ARTÍCULO 12- Adición de un párrafo final al artículo 38 de la Ley N.º 7494, Contratación Administrativa. Se adiciona un párrafo final al artículo 38 de la Ley N.º 7494, Contratación Administrativa, de 2 de mayo de 1995. El texto es el siguiente:

Artículo 38- Ofertas en consorcio

[ ... ]

Los consorcios de pymes, debidamente acreditados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), podrán participar como oferentes, para lo cual deberán aportar la licencia de funcionamiento respectiva y se les otorgará los mismos beneficios establecidos al amparo de la Ley N.º 8262, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, de 2 de mayo de 2002, en el Programa Nacional de Compras Públicas para Pyme. Las contrataciones a los consorcios de Pymes se deberán realizar con el respeto a los principios y parámetros constitucionales que rigen la actividad contractual del Estado.

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