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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41091 >> Fecha 20/04/2018 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41091 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Obligaciones de las Autoridades competentes. Las Instituciones Públicas con competencias específicas en la aplicación y desarrollo de los objetivos y metas de cada uno de los ejes, lineamientos y respectivos indicadores de acciones que forman parte de la Política, dentro del marco legal respectivo, deberán incorporar el cumplimiento de la presente Política dentro de sus respectivos planes operativos institucionales y destinar los recursos presupuestarios y económicos necesarios, para atender la realización de sus acciones.

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