Artículo 2º—Asimismo se insta a los Jerarcas de la administración
central y descentralizada, para que informen a sus funcionarios respecto a la
importancia de este instrumento, promoviendo y facilitando la implementación
del mismo en los casos donde funja como herramienta para promover establecer y
facilitar un proceso de diálogo según los parámetros y alcances del mismo.
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