SECCIÓN
IV
De los
Permisos de Operación
Artículo
82º-Permiso de operación. Es el acto administrativo emitido por el
MINAE mediante el cual, al solicitante de una autorización, se le faculta para operar
las instalaciones y medios de transporte necesarios para desarrollar las
actividades de la cadena de suministro, y son los siguientes:
a) El
permiso de operación para planta envasadora. Plazo de vigencia 5 años.
b) (Derogado por el artículo 55 del
Reglamento del suministro de combustibles en estaciones de servicio aprobado
mediante decreto
ejecutivo N° 43449
del 27 de abril del 2022)
c) El
permiso de operación para las instalaciones de GLP en estación de servicio
mixta. El plazo de vigencia es el que posea la concesión vigente.
d) El
permiso de operación para camión cisterna. Plazo de vigencia 5 años.
e) El
permiso de operación para vehículo de reparto. Plazo de vigencia 5 años.
Los
permisos de operación entrarán en vigencia en la fecha en que se notifique al
solicitante, podrán ser renovadas por un plazo igual al de su otorgamiento.
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