Artículo 51º-Responsabilidad. Garantizar
la prestación del servicio público durante todo el plazo dela concesión, en las
condiciones estipuladas en la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Nº 7593, el Reglamento a la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos, Decreto Ejecutivo N° 29732-MPdel 16 de agosto de 2001 y este
Reglamento.
|