Artículo50º-Obligaciones. Son las siguientes:
a)Poseer contratos
vigentes con los transportistas con los que opere.
b)Poseer un contrato
vigente con un RT.
c)Poseer un contrato
vigente con un RA según lo establece la SETENA.
d)Garantizar la
seguridad de sus instalaciones.
e)Cooperar durante las
fiscalizaciones que serán aplicadas por la DGTCC brindando acceso a las
instalaciones, al personal, así como a la documentación y registros.
f)Suministrar al MINAE
la información que solicite relativa a la prestación del servicio que brinda.
El incumplimiento de cualquiera de las anteriores
obligaciones será sancionado de conformidad con el Título V del presente
Reglamento.
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