Artículo
80°- Notificación de resolución final
La
resolución final será notificada por la OT correspondiente a cada uno de las
personas solicitantes quienes podrán interponer el recurso de revocatoria ante
la JDI y el de apelación para ante el Tribunal Agrario (TA) en el plazo de
cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación. La
persona solicitante podrá interponer uno de los recursos o ambos, sin embargo,
ambos deben ser interpuestos en el plazo estipulado y se interpondrán ante
cualquier oficina de la Institución. En el caso del recurso de apelación la JDI
se encargará únicamente de elevarlo ante el TA, cumpliendo todos los
lineamientos de dicho órgano, sin pronunciarse sobre su admisibilidad.
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