II. De conformidad con la resolución RJD-034-2015, los generadores
privados solares fotovoltaicos nuevos a los que se apliquen las tarifas
establecidas mediante esta metodología tarifaria están en la obligación de
presentar anualmente a la Aresep los estados financieros auditados del servicio
de generación que prestan, un desglose detallado de los gastos y costos, así
como el costo total de la inversión realizada. Lo anterior debe acompañarse de
la debida justificación que los relacione con la prestación del servicio
público de suministro de energía eléctrica en su etapa de generación. Para
estos efectos se deberá presentar, al menos anualmente, los estados financieros
auditados de la empresa, a más tardar el 31 de mayo de cada año, para lo cual
se habilita el expediente OT-399-2017.
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